miércoles, 20 de agosto de 2008

Nulidades


La defensa de Eduardo Samamé pedirá la nulidad del juicio político que le sigue la Legislatura del Chubut, al considerar que la Sala de Juzgar omitió cumplir con la deliberación secreta de sus integrantes, una obligación que establece el artículo 36 de la Ley 4461, que reglamenta el procedimiento a seguir para el enjuiciamiento de magistrados y funcionarios.


El detalle había sido observado por los defensores de Samamé, ni bien el cuerpo comenzó a sesionar, proponiendo directamente el voto de los diputados que integran la Sala, sin el debate previo que marca la ley citada.

"Inmediatamente después de terminado el debate, los miembros de la Sala de Juzgar pasarán a deliberar en sesión secreta. Ninguna otra persona podrá asistir a las deliberaciones", dice el primer párrafo del artículo 36 de la norma, dictada en 1998.
"Concluidas las deliberaciones, que no podrán exceder de 2 (dos) días corridos, en sesión pública y con la presencia de las partes, el Presidente requerirá en forma nominal el voto a los miembros de la Sala, quienes no podrán abstenerse, registrándose en el acta , sobre cada uno de los cargos que contenga el acta de acusación (conf. art. 206 Const. Chubut). Cada diputado se pronunciará sobre la admisión o el rechazo de la acusación y sobre la procedencia de la accesoria de inhabilitación por tiempo determinado", señala además la disposición.

"A viva voz, el Presidente anunciará el resultado de la votación y lo hará constar. Inmediatamente, pronunciará el fallo con el contenido del art. 207 de la Constitución Provincial o manifestará que no se ha alcanzado la mayoría requerida para proceder a la destitución del acusado, declarándola, en consecuencia, rechazada y disponiendo sin más trámite el archivo de las actuaciones.
En lo posible, el pronunciamiento de la Sala de Juzgar se ajustará a la lógica de una sentencia judicial; el Presidente se remitirá a los fundamentos dados por cada diputado en su voto.
La prueba recibida y los actos del debate se valorarán conforme las reglas de la libre convicción", expresa también.

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